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Preguntas Frecuentes sobre escrituración de propiedades

¿Cómo puede asegurarse el comprador que el vendedor es, efectivamente, el dueño del inmueble?
Para asegurarse que la persona que vende es propietaria del bien inmueble, se puede solicitar un informe de dominio al Registro de la Propiedad.

¿Quién redacta el boleto de compraventa?
El boleto de compraventa es un instrumento privado que pueden redactar las partes de común acuerdo. Dada la importancia del acto, es recomendable que lo revise un escribano o alguna persona de confianza.

¿Cuál es el plazo que se fija en el boleto de compraventa para escriturar? 
El plazo es fijado entre las partes, de común acuerdo. Generalmente se establece un plazo de no menos de 30 días corridos.

¿Debe realizarse la escritura ante un escribano público? 
Si, absolutamente. El Escribano Público redacta la escritura y hace un estudio de los antecedentes del título, con lo cual el comprador se asegura que el título del bien inmueble no contenga vicios. El Escribano se encarga, además, de inscribir la escritura en el Registro de la Propiedad correspondiente a la ubicación del inmueble.

 ¿Quién paga los honorarios del escribano?
El comprador debe encargarse de costear los honorarios del escribano y tiene, además, la posibilidad de elegir al escribano que intervendrá en la operación.

¿Cuándo puede hacer uso del inmueble el comprador? 
Es frecuente que una vez que el comprador adquiere la posesión del inmueble, puede hacer uso del bien al firmar la escritura, pero esto suele depender del acuerdo al que arriben ambas partes.